hola a todos soy rosa lópez socia de abogadas y hoy os voy a dar 10 consejos para cultivos [Música] en primer lugar es importante asesorarse todo lo que se haga en el momento inmediatamente anterior al divorcio se va a tener en cuenta en segundo lugar es importante también no culpabilizar en ningún caso es decir aunque los procesos de familia son absolutamente emocionales debemos de saber que los juzgados únicamente se velan por el interés de los menores por tanto no se va a valorar quién es el culpable porque uno dice una cosa ni se va a premiar a ninguno de los dos oa castigar al otro también existe absoluta igualdad de derechos entre unos hijos y otros es decir los hijos de una pareja de hecho o de una matrimonial en cuanto a la guarda y custodia la tendencia ya es clara porque el tribunal supremo ya se ha manifestado en sucesivas ocasiones a favor de la guarda y custodia compartida lo excepcional debe ser la plena y la guarda y custodia compartida lo habitual y eso ya se está viendo en la tendencia de los juzgados a la compartida o fijar regímenes de visitas absolutamente amplios que ya abarcan desde el viernes a la salida del colegio hasta el lunes la entrada del mismo y dos tardes intersemanales una de ellas con pernocta es decir a falta de 4 pernoctas mensuales estaríamos ya casi en una guardia y custodia compartida en lo que sí que influye esta diferencia de estas 4 pernoctas es en la pensión de alimentos evidentemente no es la misma cuando existe una guardia custodia compartida que cuando existe una guarda y custodia plena en cualquier caso lo fundamental es que el pago de los gastos de los menores siempre se hace en proporción a los ingresos de cada margen y thor con independencia del régimen de custodia y que es fundamental y es de lo primero que se parte de los gastos reales de los menores con igual con igualdad de ingresos nunca será igual una pensión de un hijo por ejemplo el colegio público o en uno privado en cuanto a la pensión compensatoria es algo que se ha llamado a la extinción porque ya cada vez más miembros o los dos miembros de la pareja suelen trabajar y por tanto esta pensión no existe porque esta pensión está pensada para paliar un desequilibrio producido por el divorcio que generalmente suele ser la falta de ingresos de uno de los dos cónyuges que generalmente suele ser la mujer en cualquier caso estas pensiones siempre se suelen fijar o casi siempre con un límite temporal en cuanto a la hipoteca a quien tribunal supremo también es meridianamente claro siempre se debe pagar por mitad con independencia de que exista gran desequilibrio entre los ingresos de uno y otro en cuanto a si es mejor un juicio o un convenio regulador evidentemente siempre es mejor un acuerdo un convenio regulador te permite hacer algo un 'traje a medida' a tu divorcio y a las circunstancias personales de tu familia y de tus hijos algo que evidentemente un juez nunca abajo del tener en cuenta por tanto evidentemente siempre mejor si se puede llegar a un acuerdo porque además es importante saber que únicamente cuando hay acuerdo en el divorcio se puede incorporar la liquidación de gananciales si no estaríamos ante dos procedimientos distintos uno inicial de divorcio y otro posterior de liquidación de gananciales y eso es todo muchas gracias ah